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CONSULTA JURÍDICA
 
 

Legalidad de la posibilidad de destinar a provincias no solicitadas a profesores de secundaria

 

Los cuerpos de maestros y profesores de secundaria son distintos. Las comunidades Autónomas disponen de amplias potestadespara organizar la provisión de vacantes y pueden dar un trato diferente a los mencionados cuerpos.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en sentencia de fecha 8 de abril de 2005, ha desestimado las pretensiones de un grupo de profesores de enseñanza secundaria que solicitaban la anulación de la Base de la convocatoria del concurso de traslados de 2003 que permitía destinar a estos profesores a provincias no solicitadas. Argüían que se producía un trato discriminatorio en relación con el concurso para el cuerpo de maestros que solo podían ser destinados a las provincias solicitadas.

Entiende la Sala que si bien hay coincidencias en ciertos aspectos jurídicos de ambos cuerpos, también se producen puntos de divergencia relacionados con los centros en los que ejercen su función, atienden a distinta población educativa y a niveles educativos diferentes, por lo que las directrices de la gestión de Personal no pueden ser las mismas y se justifica la diferencia de trato.

Considera el Tribunalque la norma reguladora no es el Real Decreto 2112/1998 (regulación de concursos de traslados de ámbito nacional, sino la Ley 24/1994, de 12 de julio por la que se establecen normas sobre concurso de los funcionarios docentes. Esta Ley, en su artículo 1,permite a las Comunidades Autónomas organizar los concursos en su ámbito de competencia, con amplias potestades para organizar la provisión de vacantes,en los años en los que no se convoque el concurso estatal.

 
 
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