3.-¿Y en cuanto al Personal de Administración y Servicios?
En lo que concierne al Personal de Administración y Servicios, estamos seguros que en los dos meses que tenemos por delante para el debate de este borrador de reforma de la LOU, y con las aportaciones y colaboración de todos los colectivos implicados, daremos todos los pasos necesarios para lograr mejorar la situación de un colectivo tan importante como es el PAS, en la Universidad. Para ello las Mesas Sectoriales Sindicales serán un instrumento clave en este proceso de negociación y reforma.
4.- ¿Es compatible la voluntad autonomista (para las Comunidades Autónomas y para las propias Universidades) con el aumento de competencias del Consejo de Coordinación Universitaria?
Me gustaría responder a esta pregunta con un aspecto que me parece fundamental, y es el hecho de que la autonomía universitaria es un concepto consagrado en la propia Constitución. El artículo 27 de la Constitución, en su punto décimo, recoge este principio básico de nuestro ordenamiento jurídico.
De igual manera, la Constitución articula los mecanismos necesarios para la transferencia de ciertas competencias a las Comunidades Autónomas, en este caso las relativas al sistema universitario.
Y por último el Consejo de Coordinación Universitaria que, a través de nuestro borrador de reforma de la LOU vigente, pretendemos mejorar agilizando su funcionamiento, es fundamentalmente el máximo órgano consultivo, de coordinación, y de propuesta en materia de política universitaria.
Un órgano compuesto por representantes de las Universidades, y de las Comunidades Autónomas que, en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, sirve de cauce en todo lo referente al sistema universitario. Esto es, un órgano que engloba a todos los sectores claves dentro de la enseñanza superior universitaria, sin coartar la autonomía de ninguno de los agentes implicados. |