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CONSULTA JURÍDICA
 
 

Antigüedad del Personal Docente Investigador con contrato laboral

La sección sindical de una universidad plantea la duda sobre la antigüedad de profesores contratados laborales con menos de 6 meses como tales pero que tienen servicios previos como asociados LRU, y la posibilidad de que puedan presentarse a las elecciones sindicales.

 

La doctrina ha venido sentando que cuando se adquiere la condición de empleado público se liquidan los servicios prestados, lo cual consiste en computar a efectos de antigüedad aquellos que se han desempeñado con anterioridad a haber adquirido la cualidad de fijo.  Ello no es mas que la actuación de una novación contractual, por lo que a todos los efectos la antigüedad debe considerarse aquella por la que el trabajador comenzó su prestación de servicios en la empresa, independientemente de si fue laboral o administrativa.

Respecto a las candidaturas de PDI laboral en un proceso de elecciones sindicales, no cabe duda que ha de tomarse en consideración lo anteriormente expuesto, y por consiguiente ha de contarse con la presencia de estos antiguos contratados administrativos, ya que una vez que adquirieron la fijeza, su antigüedad es la que proviene del inicio de la prestación de servicios. Por tanto una vez que superen el periodo de seis meses, que indica el artículo 69.2 del Estatuto de los Trabajadores, computando los distintos contratos pueden presentarse a las elecciones.

 
 
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