
Carmen Bravo, secretaria confederal de la Mujer de CC.OO.
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El Gobierno ha decidido aceptar diversas reivindicaciones que le venían siendo planteadas por los sindicatos CC.OO. y UGT. La secretaria confederal de la Mujer de CC.OO., Carmen Bravo, ha valorado positivamente esta decisión, ya que favorecerá las políticas de igualdad. La futura Ley de Igualdad va a contemplar una serie de medidas que tenderán a la igualdad entre los hombres y las mujeres. Entre ellas, las siguientes:
1º En todos los convenios colectivos existirá el deber de negociar medidas para promover la igualdad de trato entre hombres y mujeres.
2º Existirá el deber de negociar Planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores, tanto en las que tengan convenio colectivo propio, como de forma articulada en las afectadas por un convenio sectorial.
3º Se reconoce el derecho de acumular el periodo de lactancia pudiéndolo ejercer tanto el hombre como la mujer. El despido será nulo durante el periodo de lactancia, de maternidad o paternidad en los nueve meses posteriores al parto.
4º Se reconoce en el Estatuto de los Trabajadores el derecho a adaptar el tiempo de trabajo para poder conciliar la vida personal y familiar con la laboral, en los términos que determine la negociación colectiva. Y el disfrute del periodo de vacaciones después del año natural por motivos de embarazo, parto o lactancia.
5º El padre podrá disfrutar del permiso a lo largo de la suspensión por maternidad, y no a continuación de los dos días de permiso por nacimiento de hijo.
6º En el caso de reducción de jornada, no afectará a la base reguladora de la prestación por desempleo.
7º Se reconoce un prestación no contributiva de las 6 semanas de descanso obligatorio a todos los trabajadores que no tengan el requisito de los 180 días de carencia, incluidas las del Régimen Especial de Empleadas de Hogar.
En todo caso, CC.OO. sigue manteniendo su reivindicación de 4 semanas de permiso de paternidad y manifiesta su desacuerdo con que no se elimine el periodo de carencia para la prestación de maternidad, aunque se establezca una especie de subsidio para quienes no tengan 180 días cotizados en los últimos 7 años.
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