La Federación de Enseñanza de CC.OO. ha interpuesto recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 255/2006 , de 3 de marzo, por el que se modifica el Reglamento General de Ingreso del Personal de la Administración del Estado y Reglamento de situaciones administrativas, porque contiene una modificación respecto a los anteriores que conlleva la discriminación del funcionario interino y del personal laboral temporal, ya que considera que la excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público no puede ser disfrutada por el funcionario interino o por personal laboral temporal, lo que, a juicio de la Federación de Enseñanza, vulnera el artículo 14 de la Constitución así como la Ley 30/1984, de Medidas de la Función Pública, tratando de forma desigual a personal con los mismos derechos y obligaciones.
En efecto, el Real Decreto 365/1995 , de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. (BOE de 10 de abril), decía en su artículo 15:
“1. Procederá declarar, de oficio o a instancia de parte, en la situación regulada en este artículo a los funcionarios que se encuentren en servicio activo en otro cuerpo o escala de cualquiera de las Administraciones públicas, salvo que hubieran obtenido la oportuna compatibilidad, y a los que pasen a prestar servicios como personal laboral fijo en organismos o entidades del sector público y no les corresponda quedar en las situaciones de servicio activo o servicios especiales.”
En la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, se añade “de carrera” después de funcionarios, y se incorpora un inciso después del punto:
“El desempeño de puestos con carácter de funcionario interino o de personal laboral temporal no habilitará para pasar a esta situación administrativa.” |