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Tal como CCOO ha venido informando, con fecha 27 de junio se ha publicado en tiempo y forma el convenio colectivo en el BOE. El convenio colectivo entrará plenamente en vigor, con carácter general, a partir de esta publicación.
El convenio tiene carácter retroactivo desde 1 de enero de 2005 para los conceptos salariales, excepto el complemento de festividad, éste desde el 1 de enero de 2006 y el complemento de nocturnidad, éste desde el 17 de mayo de 2006.
Además, a partir de la publicación en el BOE se inicia el plazo para solicitar, por parte del personal docente en pago delegado, la paga extraordinaria de antigüedad en la empresa (con la misma redacción que en el convenio de concertada) por lo que debemos hacer una amplia difusión de este nuevo derecho entre todos los compañeros y compañeras a los que el XII Convenio Colectivo General les ha generado este nuevo derecho.
De estos y otros importantes logros en nuevos derechos existe a disposición de las personas interesadas cumplida información a través de las notas remitidas por el Equipo de Negociación de la Federación de Enseñanza de CC.OO.
En el supuesto que se presentara alguna impugnación al Convenio, éste debe tener su curso legal ante la Audiencia Nacional y tardará necesariamente varios meses. El convenio sigue siendo plenamente vigente en todos y cada uno de sus párrafos hasta el 31 de diciembre de 2006. Nadie podrá alegar el incumplimiento por presentar una impugnación. |