| El pasado 8 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria.
Es el primero de los previstos en el Real Decreto 806/2006 , de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Deroga, en función de su paulatina entrada, tanto el Real Decreto 1006/1991 , de 14 de junio, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la educación primaria como el Real Decreto 2438/1994 , de 16 de diciembre, que regula la enseñanza de la religión, en lo que se refiere a esta etapa educativa.
En el curso 2007-2008 se implantarán las enseñanzas correspondientes a los cursos primero y segundo, en el 2008-2009 las de tercero y cuarto y en el curso 2009-2010 las de quinto y sexto.
Su artículo 5, define el currículum como “el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de esta etapa educativa”, incorporando, respecto de la definición que se daba en 1991 el concepto de competencias básicas. Estas, que se detallan en al Anexo II del Real Decreto 1513/2006 son:
Competencia en comunicación lingüística
Competencia matemática
Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico
Tratamiento de la información y competencia digital
Competencia social y ciudadana
Competencia cultural y artística
Competencia para aprender a aprender
Autonomía e iniciativa personal
La nueva regulación supone algunas modificaciones de horario, como se puede observar más abajo, en las áreas respecto al decreto de 1991 y también sobre el Real Decreto 830/2003 , de 27 de junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Primaria, que desarrollaba la Ley Orgánica 10/2002, de Calidad de la Educación, que no llegó a entrar en vigor por el cambio de mayoría parlamentaria que se produjo en marzo de 2004.
Incorpora una nueva área, artículo 4.2, “Educación para la ciudadanía y los derechos humanos ”, que se impartirá, con un mínimo de 50 horas en uno de los cursos del tercer ciclo y que “ prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres ”. No hemos conseguido encontrar en el texto del decreto el profesorado que tendrá que hacer frente a la nueva área.
Las enseñanzas de religión vienen recogidas en la Disposición adicional primera, mantienen el horario de las normativas anteriores y en su punto 3, prevé, por decir algo, lo que podrán hacer los alumnos y alumnas que no opten por dicha área:
“3. Los centros docentes dispondrán las medidas organizativas para que los alumnos y las alumnas cuyos padres o tutores no hayan optado por que cursen enseñanzas de religión reciban la debida atención educativa, a fin de que la elección de una u otra opción no suponga discriminación alguna. Dicha atención, en ningún caso, comportará el aprendizaje de contenidos curriculares asociados al conocimiento del hecho religioso ni a cualquier área de la etapa. Las medidas organizativas que dispongan los centros deberán ser incluidas en su proyecto educativo para que padres y tutores las conozcan con anterioridad.”
---------Comparación de los horarios de las enseñanza mínimas en Educación Primaria.
Primer ciclo |
|
RD 1513/2006 |
RD 1006/1991 |
RD 830/2003 |
Conocimiento del medio natural, social y cultural |
175 |
175 |
175 |
Educación artística |
105 |
140 |
105 |
Educación física |
105 |
140 |
140 |
Lengua castellana y literatura |
310 |
350 |
350 |
Lengua extranjera |
105 |
0 |
35 |
Matemáticas |
175 |
175 |
175 |
Religión |
105 |
105 |
105 |
Total |
1080 |
1085 |
1085 |
Segundo ciclo |
|
RD 1513/2006 |
RD 1006/1991 |
RD 830/2003 |
Conocimiento del medio natural, social y cultural |
175 |
170 |
170 |
Educación artística |
105 |
105 |
105 |
Educación física |
105 |
105 |
105 |
Lengua castellana y literatura |
280 |
275 |
275 |
Lengua extranjera |
140 |
170 |
170 |
Matemáticas |
210 |
170 |
170 |
Religión |
105 |
105 |
105 |
Total |
1120 |
1100 |
1100 |
Tercer ciclo |
|
RD 1513/2006 |
RD 1006/1991 |
RD 830/2003 |
Conocimiento del medio natural, social y cultural |
140 |
170 |
170 |
Educación artística |
105 |
105 |
105 |
Educación física |
105 |
105 |
105 |
Lengua castellana y literatura |
280 |
275 |
275 |
Lengua extranjera |
140 |
170 |
170 |
Matemáticas |
175 |
170 |
170 |
Educación para la ciudadanía y los derechos humanos |
50 |
0 |
0 |
Religión |
105 |
105 |
105 |
Total |
1100 |
1100 |
1100 |
|