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CONSULTA JURÍDICA
 
 

Revalorización de las pensiones en el año 2007

Las pensiones y en el año 2007 adaptan sus importes al incremento real experimentado por el IPC en el periodo de noviembre de 2005 a noviembre de 2006, que ha alcanzado el 2,6 por ciento.

 

El 30 de diciembre pasado se publicaron el en el boletín Oficial del Estado los reales decretos 1578/2006 , de 22 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2007 y 1628/2006 , de 29 de diciembre, sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas para el año 2007 que actualizan las cantidades que se percibirán en al año 2007 teniendo en cuenta la subida de la inflación (2.6%) a lo que estaba previsto en la Ley 42/2006 , de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

En el caso de los funcionarios acogidos al Régimen de Clases Pasivas las pensiones se calculan en función del denominado Haber Regulador, que lógicamente, también se ha incrementado, pero dicho concepto también está relacionado con las cotizaciones que, por tanto también se modifican.

--> Cotizaciones sociales y pensiones máximas

El Anexo I Real Decreto 1628/2006 define el Haber Regulador (HR) para cada grupo, que queda:

GRUPO

HABER REGULADOR

A

36.009,83

B

28.340,63

C

21.766,11

D

17.220,60

E

14.681,91

A partir del Haber Regulador se calculan las pensiones de jubilación que dependen de los años de cotización y se cobran en 14 pagas.

Años cotizados

% H.R.

GRUPO A

GRUPO B

Año

Mes

Año

Mes

1

1,24

446,52

31,89

351,42

25,10

2

2,55

918,25

65,59

722,69

51,62

3

3,88

1397,18

99,80

1099,62

78,54

4

5,31

1912,12

136,58

1504,89

107,49

5

6,83

2459,47

175,68

1935,67

138,26

6

8,43

3035,63

216,83

2389,12

170,65

7

10,11

3640,59

260,04

2865,24

204,66

8

11,88

4277,97

305,57

3366,87

240,49

9

13,73

4944,15

353,15

3891,17

277,94

10

15,67

5642,74

403,05

4440,98

317,21

11

17,71

6377,34

455,52

5019,13

358,51

12

19,86

7151,55

510,83

5628,45

402,03

13

22,1

7958,17

568,44

6263,28

447,38

14

24,45

8804,40

628,89

6929,28

494,95

15

26,92

9693,85

692,42

7629,30

544,95

16

30,57

11008,21

786,30

8663,73

618,84

17

34,23

12326,16

880,44

9701,00

692,93

18

37,88

13640,52

974,32

10735,43

766,82

19

41,54

14958,48

1068,46

11772,70

840,91

20

45,19

16272,84

1162,35

12807,13

914,80

21

48,48

17457,57

1246,97

13739,54

981,40

22

52,5

18905,16

1350,37

14878,83

1062,77

23

56,15

20219,52

1444,25

15913,26

1136,66

24

59,81

21537,48

1538,39

16950,53

1210,75

25

63,46

22851,84

1632,27

17984,96

1284,64

26

67,11

24166,20

1726,16

19019,40

1358,53

27

70,77

25484,16

1820,30

20056,66

1432,62

28

74,42

26798,52

1914,18

21091,10

1506,51

29

78,08

28116,48

2008,32

22128,36

1580,60

30

81,73

29430,83

2102,20

23162,80

1654,49

31

85,38

30745,19

2196,09

24197,23

1728,37

32

89,04

32063,15

2290,23

25234,50

1802,46

33

92,69

33377,51

2384,11

26268,93

1876,35

34

96,33

34688,27

2477,73

27300,53

1950,04

35

100,00

36009,83

2572,13

28340,63

2024,33

No obstante, el artículo 2 del real decreto citado:” Límite máximo de percepción para el año 2007” dispone que la pensión máxima que se podrá percibir será de 32068.26 €/ año o, lo que es lo mismo, catorce pagas de 2290.59 € por lo que un funcionario del grupo A percibirá, prácticamente, la pensión máxima con 32 años de servicio.

Los descuentos por cotización a la Mutualidad de Funcionarios o por Derechos Pasivos, también están relacionados con el Haber Regulador (1.69% en el primer caso y 3.86% en el segundo). Se producen tanto en las doce mensualidades como en las dos pagas extraordinarias.:

GRUPO

MUFACE

PASIVOS

Año

Mes

Año

Mes

A

608,57

43,47

1.389,98

99,28

B

478,96

34,21

1.093,95

78,14

C

367,85

26,27

840,17

60,01

D

291,03

20,79

664,72

47,48

E

248,12

17,72

566,72

40,48

--> Retribuciones básicas y complemento de destino de los funcionarios

El 3 de enero se ha publicado la Resolución de 2 de enero de 2007 , de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuesto con Instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios que, estas sí, coinciden lo previsto en la ley de presupuestos y que se publicaron en este mismo te.digita l en octubre de 2006.

RETRIBUCIONES BÁSICAS

GRUPO

SUELDO BASE

TRIENIO

AÑO

MES

AÑO

MES

A

13354,20

1112,85

513,24

42,77

B

11333,76

944,48

410,76

34,23

C

8448,60

704,05

308,40

25,70

D

6908,16

575,68

206,04

17,17

E

6306,84

525,57

154,68

12,89



COMPLEMENTO DE DESTINO

NIVEL

AÑO

MES

30

11726,16

977,18

29

10518,00

876,50

28

10075,80

839,65

27

9633,36

802,78

26

8451,36

704,28

25

7498,32

624,86

24

7056,00

588,00

23

6613,80

551,15

22

6171,24

514,27

21

5729,52

477,46

20

5322,24

443,52

19

5050,24

420,85

18

4778,52

398,21

17

4506,60

375,55

16

4235,52

352,96

15

3963,36

330,28

Las cuantías de las tablas anteriores, en euros, están referidas a 12 mensualidades.

Las pagas extraordinarias, dos al año, incluirán una mensualidad de sueldo, trienios y complemento de destino.

Incorporarán, también, un tercio del complemento específico aunque las cantidades concretas, para los funcionarios docentes, no figuran en la Resolución de 2 de enero, pues según el apartado A.1.4, “...la aplicación paraestos colectivos requiere de un ajuste en los distintos componentes de dichocomplemento específico y se efectuará, según corresponda, por Acuerdo de Consejo de Ministros o por Real Decreto.”

 
 
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