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CONSULTA JURÍDICA

Contenidos básicos de las enseñanzas artísticas superiores


Se ha delimitado el contenido básico de los planes de estudio para la obtención de título de graduado.





Los artículo 46 y 58 de la Ley Orgánica 2/2006 , de 3 de mayo, de Educación (LOE), regulan la ordenación y organización de las enseñanza artísticas superiores.

Estas previsiones fueron objeto de desarrollo mediante el Real Decreto 1614/2009 , de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el que se contempla que los centros de enseñanzas artísticas superiores puedan impartir las enseñanzas de Grado y Máster.

El contenido básico de los títulos de grado, competencia del Ministerio de Educación , se ha establecido recientemente por los siguientes Reales Decretos:

  • Real Decreto 630/2010 , de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Arte Dramático establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Especialidades: Dirección escénica y dramaturgia, Escenografía e Interpretación.

  • Real Decreto 631/2010 , de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Especialidades: Composición, Dirección, Interpretación, Musicología, Pedagogía, Producción y gestión y Sonología.

  • Real Decreto 632/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Danza establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Especialidades: Coreografía e interpretación y Pedagogía de la danza.

  • Real Decreto 633/2010 , de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Especialidades: Gráfico, Producto, Interiores y Moda.

  • Real Decreto 634/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Artes Plásticas en las especialidades de Cerámica y Vidrio establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

  • Real Decreto 635/2010 , de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Especialidades: Bienes arqueológicos, Documento gráfico, Escultura, Mobiliario, Pintura y Textiles.

Los distintos decretos tienen una estructura común.

Para acceder a estas enseñanzas hay que estar en posesión del título de bachiller, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas previstas en los artículos 54 a 57 de la LOE.

Los planes de estudios deberán contener las competencias transversales, las competencias generales, y las competencias específicas y los perfiles profesionales definidos para cada una de las especialidades de los distintos Títulos de Grado, y se especifican en los anexos. Comprenderán cuatro cursos académicos de 60 créditos cada uno.

Las administraciones educativas, a propuesta de los centros de enseñanza artísticas superiores, podrán proponer la creación de nuevas especialidades. El gobierno, tras consultar con las comunidades autónomas y con el consejo Superior de Enseñanza Artísticas resolverás si procede la creación de especialidades.

La implantación progresiva de estas enseñanzas superiores de Grado, se iniciará en el curso 2010-2011.

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