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Cronología de una sentencia
 
  • Con fecha 20 de septiembre de 1994, se publica en el BOE el Acuerdo firmado por la Administración de entonces y las organizaciones sindicales más representativas para el periodo 1995-1997, sobre condiciones de trabajo en la Función Pública. En dicho Acuerdo se preveía el incremento retributivo para los años 1995, 1996 y 1997.

 

  • En la reunión de la Mesa Negociadora de 19 de septiembre de 1996, el entonces Ministro de Administraciones Públicas, Mariano Rajoy, manifestó que “ para qué marear la perdiz si no iba a haber incrementos salariales para el año 1997”.

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  • Contra esta declaración CC.OO. interpuso recurso contencioso administrativo, siendo estimado por la Audiencia Nacional en fecha 7 de noviembre de 2000, reconociendo que los Acuerdos adoptados en la negociación colectiva tienen carácter normativo, obligando tanto a la Administración como a las partes sociales, y el derecho al incremento retributivo que todos los empleados públicos habían dejado de percibir.

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  • Contra esta Sentencia el Gobierno interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo estimándose por Sentencia del mismo de 21 de marzo de 2002.

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  • El 16 de abril de 2002 CC.OO. interpone recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el que solicitaba la anulación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 2002, así como el reconocimiento del derecho de los empleados públicos a un incremento salarial para 1997 en porcentaje no inferior a la previsión del IPC para ese ejercicio.

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  • El 31 de enero del 2005 el Tribunal Constitucional acuerda la inadmisión del recurso de amparo de CC.OO. por entender “que el Plan de Convergencia de la Unión Europea y Monetaria, en el que se asumieron una serie de compromisos de estabilidad presupuestaria, haciendo medidas de contención del gasto público, justificando la aplicación de una medida tan drástica como de no autorizar incremento retributivo alguno, teniendo en cuenta además los propios criterios orientadores establecidos en el Acuerdo de 1994”.

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  • CC.OO. eleva su demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo en fecha 18 de julio de 2005, siendo admitido este recurso de queja en este mes de septiembre, y ello por entender que vulnera el contenido del Convenio de Derechos Humanos.
 
 
Octubre 2005
 
Cartel de la Campaña
 
Información sobe el tema publicada en la revista de la Federación de Enseñanza de CC.OO. de octubre de 2005
 
 
 
 
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